Sobre una manera de impartir justicia

Es errónea la máxima de que “el desconocimiento de la Ley no exime de su cumplimiento” si se pretende aplicar en el ámbito penal. Se exime de responsabilidad siempre que el error sea invencible. Por ello no debe resultar sorprendente lo que alega la juez Elisabeth Castelló al archivar los casos de las 21 mujeres que abortaron en Barcelona.

Lo que resulta dudoso es la aplicación que hace de tal argumento. Y es que en España abortar es un delito penado. Sólo en algunos casos está despenalizado. Por ello lo lógico es que alguien deba informarse muy bien si quiere abortar, no vaya a ser que incurra en un delito. Y no al revés. No es que se pueda abortar excepto en unos casos y que pueda resultar harto difícil distinguirlos. "Los tecnicismos del sistema penal sobre el delito de aborto" hacen que su comprensión por el común de los ciudadanos resulte "harto difícil" dice la juez. Mal, me temo que la juez queriendo liberar de culpa a las mujeres ha buscado sin honradez alguna un argumento válido, pero en otras ocasiones, no en esta.

La sentencia será recurrida.

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