¿Juridicamente relevante?

Mis conocimientos de derecho no dan para tanto, de manera que pido ayuda. En una sentencia ¿Es relevante la opinión personal de la instructora?

«Esta instructora se alinea con el amplio grupo de personas que piensan que el preservativo es indispensable en la lucha contra el Sida, lo cual está avalado por la comunidad científica, pro la ONU y la Organización Mundial de la Salud»

Entiendo que en el argumentario utilice el clásico "comunidad científica" como aval, pero ¿Es relevante su opinión personal para dictar en un sentido u otro una sentencia?

Todo esto y más podréis leer en la noticia que trata sobre la juez que argumenta que tan importante es recibir la Eucaristía como ponerse el condón contra el Sida y que dice que ya se han superado «concepciones anteriores, en las que el Estado trataba de proteger mediante los delitos religiosos una determinada confesión religiosa oficial».

1 comentarios:

A. Chena dijo...

Hola, soy jurista y en mi opinión el parecer personal del instructor acerca de cualquier tema que no sean las pruebas es irrelevante.

En primer lugar el intructor no juzga, es otro órgano el que lo hará, y este último se basará únicamente en las pruebas practicadas en el juicio oral (que pueden dar por reproducidas las efectuadas en el sumario o no)y en su propio saber, atendiendo a su razón y a los principios generales del Derecho, para dictar el fallo. Por tanto, como decía, la opinión de la instructora es irrelevante.